Registro General de Productores del Valle del Cauca – Compras Públicas Locales de Alimento

Campesinos

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 248 de 2021, con el que establece que  las entidades públicas, mixtas o cualquiera que maneje recursos públicos deberán adquirir el 30% de productos alimenticios a pequeños productores del sector agropecuario del país. Exigencia que empezó a regir a partir del 09 de marzo de 2021 y pretende beneficiar a cerca de 3 millones de productores que son quienes trabajan realmente por la seguridad alimentaria de Colombia. «Es un mensaje para garantizar acceso y recursos a los campesinos colombianos, también un mensaje de que al tener cabida en las compras públicas, también se le están mejorando sus condiciones económicas» fue lo enunciado por el Presidente de la República.

Aquellos que deseen convertirse en proveedores podrán registrarse en las secretarías de agricultura departamentales. Además, incluye, entre los compradores y oferentes, a entidades públicas del Gobierno Nacional, departamental o municipal, entidades mixtas, así como entidades privadas que suscriban contratos con el Estado y manejen recursos públicos. En cuanto a aquellas entidades que se comprometan a vincular al pequeño productor en sus procesos, se le asignarán puntajes adicionales si cumplen con los criterios establecidos.

  1. Puntajes adicionales obligatorios del 6% bajo el concepto de: Pago cuota parafiscal; y/o proveedor directo.
  2. Puntajes adicionales facultativos del 6%, a cada uno, en virtud de: Zonificación de aptitud productiva; y/o usuarios del sistema de extensión agropecuaria.
  3. Puntaje mínimo adicional del 10% a las entidades que contraten alimentos con: Pequeño productor agropecuario local; y/o productor local de la Agricultura, Campesina, Familiar y Comunitaria.

El Ministerio de Agricultura detalló que cada una de las entidades que contraten con recursos públicos para la adquisición de los alimentos, estará obligada a reportar a la secretaría técnica de la Mesa Técnica Nacional de Compras Públicas Locales de Alimentos. Esto con el fin de verificar y validar que están siendo beneficiados los pequeños productores y demás beneficiarios con el 30% de los recursos de cada entidad.

La Secretaria de Desarrollo Rural Agricultura y Pesca del Valle invita a todos los pequeños productores, productores de la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria individuales y/o de organizaciones de productores legalmente constituidas presentes en el departamento del Valle del Cauca, a inscribirse en el “Registro General de Productores del Valle del Cauca – Compras Públicas Locales de Alimento”, en el marco de la Ley 2046 del 2020 y del decreto 248 de 2021.

Este proceso permitirá buscar condiciones reales para que todos los programas públicos de suministro y distribución de alimentos promuevan la participación de pequeños productores agropecuarios del Departamento del Valle del Cauca.

A continuación ponemos a su disposición los documentos ilustrativos al Programa de Compras Públicas Locales y el formulario de inscripción; dando click en los logos. 

 

Manual de paso a paso: "Compras públicas locales de alimentos" PDF
Cirular informativa de actualización de requisitos para el nuevo registro de compras públicas locales de Julio 2024 PDF
Decreto 248 de 2021 - Decreto unico reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y Desarrollo Rural - Compras públicas. PDF
Ley 2046 de 2020 - Promover la participación de pequeños productores locales agropecuarios y de la agricultura campesina, familiar y comunitaria de compras públicas de alimentos PDF
Formulario de registro de productores G suite google encuestas formulario logo, google, púrpura ...

 

Formulario de inscripción al registro de productores: forms.gle/v8DnAXLsp7MoHhEz8

Para mayor información comunicarse al correo compraspublicasagricultura@valledelcauca.gov.co

 

 


Número de visitas a esta página 7986
Fecha de publicación 08/03/2022
Última modificación 08/08/2024