Certificado Avalúo Catastral
Descripción del Producto:
Documento mediante el cual se certifica el valor del avalúo catastral que presenta un determinado predio o mejora.
Es importante resaltar que, el Artículo 4.5.2 de la Resolución 1040 de 2023, en su parágrafo 4 indica que “…Los gestores catastrales certificaran la información física, jurídica, cartográfica y económica que repose en su base de datos, a solicitud del propietario, poseedor y ocupante únicamente respecto de la información que figure registrada a su nombre…”. El Artículo 8.3. de la Resolución 1040 de 2023 Derecho constitucional de hábeas data o a la autodeterminación informática. “…En los procesos de formación, actualización, conservación y difusión catastral, se dará estricto cumplimiento a las disposiciones constitucionales y legales en materia de protección de datos personales…”.
Requisitos:
• Diligenciamiento del formato de solicitud de producto catastral.
• Fotocopia del documento de identidad del sujeto activo del derecho (C.C, NIT, CE, TI).
• Para el caso de Personas Jurídicas aportar Certificado de Existencia y Representación no mayor a tres meses.
• En caso de no ser propietario, poseedor u ocupante, presentar autorización o poder debidamente otorgado por el sujeto activo del derecho.
• Copia de recibo predial.
• Copia de la escritura pública (si aplica)
• Copia de certificado de tradición no mayor a tres meses (si aplica)
En los casos en que un tercero requiera un certificado catastral con fines judiciales y no cuente con la autorización por parte del titular de los datos personales, sus causahabientes o sus representantes legales, la solicitud deberá ser presentada por escrito con los siguientes requisitos:
• Indicar el requisito establecido en la ley que se pretende cumplir con la información solicitada. Dicho requisito debe ser expreso, verificable, para fines judiciales y guardar relación directa con la competencia funcional del gestor catastral.
• Aportar copia del poder vigente debidamente conferido a un abogado para promover la actuación judicial en la cual se requiere el certificado catastral solicitado.
Pago:
La Unidad Administrativa Especial de Catastro de la Gobernación del Valle del Cauca, en cumplimiento de su actividad catastral, mediante el Decreto 1-17-0539 de 7 de junio del 2022, fijó los precios para los servicios, bienes y trámites, que dentro de su competencia realiza. En consecuencia, el producto denominado Certificado Avalúo Catastral presenta un valor de $42.400 por cada predio solicitado, el cual debe ser cancelado mediante consignación bancaria a la siguiente cuenta:
Titular: VALLE AVANZA SAS
Identificación: NIT. 901.351.960-1
Tipo de cuenta: Ahorros
No. de cuenta: 001-18551-1
Entidad Financiera: BANCO DE OCCIDENTE
Nota: la disponibilidad del producto catastral aquí referido está sujeta a previo análisis técnico de las condiciones catastrales con las que este inscrito el predio objeto de solicitud, por parte de la Unidad Administrativa Especial de Catastro (UAEC); razón por la cual el pago anticipado estará a consideración del solicitante.