Unidad de Rentas aclara requisitos para aplicar a la caducidad del impuesto vehicular

Santiago de Cali 14 mayo de 2019. La Unidad de Rentas del Valle del Cauca informó a los contribuyentes del impuesto vehicular que el trámite oficial de caducidades fue suprimido de la dependencia, pues se depuró la base de datos del impuesto vehicular con el fin de que las secretarias de Transito verifiquen, a través de la página web del departamento, la situación real del pago de los impuestos.
Marta Isabel Ramírez, gerente de la Unidad de Rentas del Valle del Cauca, aclaró “que si en el reporte de procesos de cobro no hay una vigencia especifica qué cobrar, el organismo de transito puede hacer el trámite correspondiente sin requerir la resolución de caducidad como se hacía hasta el año pasado”.
La caducidad se aplica si en los cinco años siguientes de la vigencia que debió declarar y pagar el impuesto vehicular, no se ejerció una acción de cobro por parte del departamento, es decir que si no hay reporte de inicio de proceso de cobro en el sistema de información de impuesto vehicular el contribuyente no está obligado a pagar esa vigencia, por lo que caducó para la Unidad de Rentas la obligación de cobrarla sin importar la vigencia. La restricción es si tiene proceso de cobro aperturado.
“En el caso de la prescripción del impuesto vehicular aplica para los que están en proceso de cobro coactivo que tampoco se les hizo el mandamiento de pago dentro de los cinco años requeridos por la ley”, indicó la gerente de la Unidad de Rentas del Valle del Cauca.
La Unidad de Rentas del Valle del Cauca recuerda que para poder aplicar a la caducidad del impuesto vehicular es necesario que el contribuyente no tenga proceso de cobro aperturado.
Carlos Soto
periodista Gobernación del Valle.