Preguntas frecuentes - Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación
¿Cómo puedo acceder a la ayuda humanitaria por ser víctima del conflicto armado?
La ayuda humanitaria está destinada de forma exclusiva a mitigar la vulnerabilidad derivada del desplazamiento, de manera tal que esta complemente y no duplique la atención que reciba la población víctima del desplazamiento forzado. Esta ayuda puede ser de tres tipos: 1. Ayuda humanitaria inmediata (A cargo de Municipios y Distritos): La entidad territorial receptora de la población víctima de desplazamiento, debe garantizar los componentes de alimentación, artículos de aseo, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina y alojamiento transitorio, mientras se realiza el trámite de inscripción en el Registro Único de Víctimas. 2. Ayuda humanitaria de emergencia (A cargo de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas): Entrega los componentes de alimentación, artículos de aseo, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina y alojamiento transitorio a la población incluida en el Registro Único de Víctimas, cuyo hecho victimizante haya ocurrido dentro del año previo a la declaración. 3. Ayuda humanitaria de transición (A cargo de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas): Se brinda a la población víctima de desplazamiento incluida en el Registro Único de Víctimas, cuyo desplazamiento haya ocurrido en un término superior a un año contado a partir de la declaración y que, previo análisis de vulnerabilidad, evidencie la persistencia de carencias en los componentes de alimentación y alojamiento como consecuencia del desplazamiento forzado. Esta ayuda cubre los componentes de alimentación, artículos de aseo y alojamiento temporal. Para solicitar Ayuda Humanitaria en alguna de esta modalidades debe asistir al centro de atención más cercano a su lugar de residencia o a la oficina encargada de la Atención a Víctimas del Conflicto Armado de su municipio. LÍNEA GRATUITA NACIONAL 018000911119. LÍNEA DE ATENCIÓN (601) 426 1111. CORREO ELECTRÓNICO SERVICIOALCIUDADANO@UNIDADVICTIMAS.GOV.CO. https://www.unidadvictimas.gov.co/es/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/
¿Cómo puedo acceder al auxilio funerario por ser víctima del conflicto armado?
Recibirán asistencia funeraria los familiares de las víctimas que hayan muerto o estuvieren desaparecidos que no cuenten con los recursos para sufragar estos gastos, de acuerdo con los criterios que para el efecto fije la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Esta asistencia debe prestarse inmediatamente o en el menor tiempo posible desde que los familiares tengan conocimiento de la muerte o identificación de los cuerpos o restos de la víctima de desaparición forzada. Para solicitar Ayuda Humanitaria en alguna de esta modalidades debe asistir al centro de atención más cercano a su lugar de residencia o a la oficina encargada de la Atención a Víctimas del Conflicto Armado de su municipio. PAV CARTAGO. DIRECCIÓN: CARRERA 1 CALLE 37 BARRIO SAN CARLOS – CASA DE JUSTICIA. HORARIO: LUNES – VIERNES 8:00AM A 12:00M – 2:00PM A 5:00PM. CRAV BUENAVENTURA. DIRECCIÓN: CENTRO REGIONAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE BUENAVENTURA. HORARIO: LUNES – VIERNES 7:30AM A 4:30PM. CRAV CALI. DIRECCIÓN: CARRERA 16 # 15-75 BARRIO GUAYAQUIL. HORARIO: LUNES A VIERNES 7:00 am a 4:00 pm. PAV GUADALAJARA DE BUGA. DIRECCIÓN: CALLE 30 # 13A – 01 – BARRIO LA HONDA – CASA DE JUSTICIA. HORARIO: LUNES A VIERNES DE 07:00 A.M. A 12:30 P.M. Y DE 02:00 P.M. A 05:00 P.M PAV PALMIRA: DIRECCIÓN: CARRERA 24 # 21 -20 CONTIGUO A LA PERSONERÍA Y COMANDO SUR DE POLICÍA. HORARIO: LUNES – VIERNES 7:00 AM – 12:00M -1:00 PM – 4:00 PM PAV TULUÁ. DIRECCIÓN: CALLE 28 # 19 – 38 CENTRO COMERCIAL BICENTENARIO PLAZA. HORARIO: LUNES A VIERNES DE 07:00 A.M. A 12:30 P.M. Y DE 02:00 P.M. A 05:00 P.M
¿Cómo puedo participar en el Consejo de Paz, Reconciliación y Convivencia?
La Ordenanza 540 de 2020 contempla 32 sectores de la sociedad civil. Algunos de estos están organizados a nivel departamental en mesas, comités, consejos, federaciones, consultivos, entre otras formas organizativas, que son democráticas, es decir, han surtido un proceso de elección. Por tanto, son representativos del sector y se les convoca directamente a que deleguen un representante ante el Consejo Departamental de Paz, Reconciliación y Convivencia. Otros sectores que no están organizados ni tienen una máxima instancia de representación a nivel departamental, son convocados por la Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación de manera abierta por sus principales canales de comunicación (página web y redes sociales) y en la convocatoria se informa el respectivo procedimiento y plazos.
¿Cómo puedo participar en la Mesa de Participación Efectiva de las Víctimas?
Para aspirar a ser elegido representante en las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas, deberá cumplir los siguientes requisitos, que serán debidamente constatados por el Ministerio Público: a) Estar inscrito en el Registro Único de Víctimas (RUV). b) Haber sido postulado por una Organización de Víctimas (OV), en el nivel municipal. Las OV al momento de inscribirse ante las Personerías Municipales los primeros 90 días del año, deberán postular sus candidatos, teniendo en cuenta hechos victimizantes enfoques diferenciales y cupos a proveer. c) Cumplir con la debida idoneidad para representar un hecho victimizante o un sector social victimizado (enfoques diferenciales), lo que se probará con cualquier prueba sumaria que aporte la víctima. d) Estar domiciliado y residenciado en el respectivo ámbito territorial que desea representar. e) No tener antecedentes penales, ni disciplinarios, con excepción de delitos políticos o culposos. Las Mesas Municipales, Distritales, Departamentales y Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas, se elegirán cuatro (4) años contados a partir del año 2023, por el tiempo de vigencia de la Ley 1448 de 2011. Dichas fechas son: Las Mesas Municipales y Distritales de Participación Efectiva de las Víctimas, se elegirán entre el 20 de agosto y el 10 de septiembre, cada cuatro (4) años, contados a partir del 2023. Las Mesas Departamentales de Participación Efectiva de las Víctimas y la Mesa Distrital de Participación Efectiva de Víctimas en Bogotá, se elegirán entre el 20 de septiembre y el 10 de octubre, cada cuatro (4) años, contados a partir del 2023. La Mesa Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas, se elegirá entre el 20 de octubre y el 10 de noviembre, cada cuatro (4) años, contados a partir del 2023.
¿Cómo puedo participar en la Mesa Territorial de Reincorporación para la Reconciliación y la Paz Territorial en el Valle del Cauca?
A través de los representantes definidos por los reincorporados o solicitando su asistencia a la secretaría técnica, a alguna de las sesiones con temas específicos, con voz pero sin voto.
¿Cuál es la oferta institucional que la Gobernación del Valle del Cauca tiene para la población en proceso de reincorporación?
Desde la Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación, se apoyan iniciativas productivas colectivas, con el ánimo de auspiciar la implementación de la reincorporación comunitaria. Desde la Secretaría de Mujer, Equidad de Género y Diversidad Sexual, se apoya a las mujeres en establecer un fondo para iniciativas productivas para mujeres reincorporadas y orientar a mujeres reincorporadas y excombatientes para que hagan parte de los procesos y proyectos de prevención de la violencia. Desde la Secretaría de Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, se apoyan proyectos agropecuarios, de pesca artesanal, de piscicultura, de cría de porcinos, de ganadería. Desde la Secretaría de Convivencia y Seguridad Ciudadana, se construyó la Ruta de Protección a líderes, lideresas, defensores de DD.HH. y reincorporados, en el marco la Submesa de Seguridad Física y Jurídica con el Ministerio Público, Mininterior, UNP, fuerzas militares y de Policía y representantes de Población en Reincorporación.
¿Cuál es la oferta institucional que la Gobernación del Valle del Cauca tiene para la población víctima del conflicto armado?
La administración departamental cuenta con un plan de acción territorial que contiene toda la oferta social para la asistencia, atención y reparación integral de las víctimas. La vigencia de este plan de acción es de cuatro (4) años, en concordancia con los períodos de gobierno de las administraciones locales. Para conocer en detalle la oferta de disponible y acceder a las diferentes convocatorias para las víctimas del Conflicto Armado se recomienda estar atento a las publicaciones en medios de comunicación y redes sociales que realiza la Gobernación del Valle del Cauca y sus diferentes Secretarías. De igual forma, puede remitir su solicitud o consulta a través de los diferentes canales de comunicación establecidos: Línea de atención ciudadana PBX: +57 (602) 620 00 00. Línea Gratuita Nacional: +57 01-8000972033. Correo electrónico: contactenos@valledelcauca.gov.co. Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación: Teléfono:(602)6200000 Extensión 1131.Correo electrónico: pazterritorial@valledelcauca.gov.co Pagina Web https://www.valledelcauca.gov.co/ Redes Sociales: X @GobValle; Facebook @GobValle; Youtube VideosGobVallegobvalle; Instagram @gobvalle.
¿Cuál es la oferta institucional que tiene la Gobernación del Valle del Cauca para las organizaciones que trabajan por la paz?
La Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación formula los proyectos de inversión para dar cumplimiento a las metas del Plan de Desarrollo. Ha sido recurrente el fortalecimiento de la Red de Gestores de Paz del Valle del Cauca, constituida por organizaciones sociales que trabajan por la paz en sus diferentes sectores. De igual manera, se han generado proyectos orientado a la implementación de un modelo de gestión productiva para la paz con organizaciones campesinas, proyectos de promoción de la paz urbana y en general espacios de capacitación y diálogo sobre diferentes temas. Se invita a las organizaciones sociales interesadas seguirnos en nuestras redes sociales @SecPazValle y diligenciar esta encuesta de caracterización que servirá para comunicarles de manera directa la información relacionada con la construcción de paz.
¿Cuándo obtendré la indemnización por ser víctima del conflicto armado?
La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas administra los recursos destinados a la indemnización por vía administrativa velando por el cumplimiento del principio de sostenibilidad. La estimación del monto de la indemnización por vía administrativa se basa en la naturaleza y el impacto del hecho victimizante, el daño causado y el estado de vulnerabilidad actual de la víctima, desde un enfoque diferencial. Procedimiento para la solicitud de indemnización. Las personas que hayan sido inscritas en el Registro Único de Víctimas pueden solicitarle a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, la entrega de la indemnización administrativa a través del formulario que esta disponga para el efecto, sin que se requiera aportar documentación adicional salvo datos de contacto o apertura de una cuenta bancaria o depósito electrónico. Desde el momento en que la persona realiza la solicitud de indemnización administrativa se activará el Programa de Acompañamiento para la Inversión Adecuada de los Recursos de que trata el presente decreto. La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas entrega la indemnización administrativa en pagos parciales o un solo pago total atendiendo a criterios de vulnerabilidad y priorización. Para el pago de la indemnización administrativa la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas no deberá sujetarse al orden en que sea formulada la solicitud de entrega, sino a los criterios contemplados en desarrollo de los principios de progresividad y gradualidad para una reparación efectiva y eficaz. Para solicitar información sobre el avance de su proceso de indemnización puede asistir al centro de atención más cercano a su lugar de residencia o puede comunicarse a través de los canales establecidos por esta entidad. LÍNEA GRATUITA NACIONAL 018000911119. LÍNEA DE ATENCIÓN (601) 426 1111. CORREO ELECTRÓNICO SERVICIOALCIUDADANO@UNIDADVICTIMAS.GOV.CO. https://www.unidadvictimas.gov.co/es/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/
¿Qué acciones adelanta la Gobernación del Valle del Cauca en el tema de no estigmatización?
Se adelantan campañas de no estigmatización, entre las que se destaca la Cartilla de No Estigmatización, construida con apoyo de la ARN, la Secretaría de Paz y Cultura Ciudadana de Cali, la Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación del Valle del Cauca, la JEP, la Misión de Verificación de la ONU, la cual que se viene entregando a personas e instituciones en departamento; de igual manera, en consonancia con acciones establecidas en el Plan Único de Acción de Reincorporación, se trabaja en socialización-sensibilización de la no estigmatización con participación de funcionarios de los municipios y organizaciones sociales.
¿Qué es el Comité Territorial de Justicia Transicional (CTJT)?
Es la máxima instancia de coordinación entre las instituciones y los representantes de la población Víctima del conflicto armado. Se encarga de elaborar planes de acción en el marco de los planes de desarrollo a fin de lograr la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas, coordinar las acciones con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas en el nivel departamental, distrital y municipal, articular la oferta institucional para garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, así como la materialización de las garantías de no repetición, coordinar las actividades en materia de inclusión social e inversión social para la población vulnerable y adoptar las medidas conducentes a materializar la política, planes, programas y estrategias en materia de desarme, desmovilización y reintegración.
¿Qué es el Consejo de Paz, Reconciliación y Convivencia?
El Consejo Departamental de Paz, Reconciliación y Convivencia es un organismo promotor, asesor y consultivo del Gobierno Departamental de la Política de Paz, Reconciliación, Convivencia y No Estigmatización. Fue creado actualizado mediante La Ordenanza 540 del 09 de julio de 2020, siguiendo las directrices del Decreto Ley 885 de 2017 donde se amplía la participación de los sectores de la sociedad civil, siendo el espacio central donde convergen todos los comités, mesas, instancias y mecanismos de participación y se distribuyen equitativamente funciones de secretaría técnica entre la Sociedad civil y la institucionalidad, privilegiando un enfoque territorial y diferencial, con el objeto de alcanzar la paz, la reconciliación, la convivencia y la no estigmatización.
¿Qué es la Mesa Territorial de Reincorporación para la Reconciliación y la Paz Territorial en el Valle del Cauca?
La Mesa Territorial de Reincorporación para la Reconciliación y la Paz Territorial es un espacio de articulación interinstitucional para el abordaje de temas concernientes a la reincorporación de firmantes del acuerdo de paz de la antiguas FARC-EP, que siguen comprometidos en el cumplimiento de lo acordado y en el que tienen asiento dos representantes de los firmantes, uno por el partido Comunes y otro por otras expresiones que no son del partido. La secretaría técnica la ejerce la Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación. Se encuentra formalizada mediante Decreto departamental 1-3 0803 del 30 de abril de 2020. En este espacio participan: Agencia para la reincorporación y la Normalización,(ARN), Sena, Univalle, Policía, Alcaldía de Dagua, alcaldía de Cali, JEP, Secretaría de Convivencia y Seguridad, Secretaría de Género, Secretaría de Agricultura y Pesca, Defensoría del Pueblo, Procuraduría general de la Nación, Fuerzas Militares, Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz, Instituto Kroc, entre otros.
¿Qué son las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado?
De acuerdo con lo señalado en el Artículo 2.2.9.1.4 del Decreto 1084 de 2015, son los espacios de trabajo temático y de participación efectiva de las víctimas, de orden Municipal, Distrital, Departamental y Nacional, elegidos y designados por las mismas víctimas y sus organizaciones y destinados para la discusión, interlocución, retroalimentación, capacitación y seguimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 1448 de 2011, sus decretos reglamentarios, la jurisprudencia y demás normas complementarias.