Procesos y procedimientos
Son responsabilidades y funciones de la Secretaría de Educación:
- Velar por la calidad y cobertura de la educación en los municipios No certificados del Departamento del Valle del Cauca.
- Ejercer las competencias que le fija la Ley 115 de 1993, la Ley 715 de 2001 y demás normas que las adicionen o modifiquen, en el Departamento del Valle del Cauca.
- Establecer las políticas, planes y programas departamentales y de educación, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.
- Organizar la prestación y administración del servicio educativo en los Municipios No Certificados del Departamento del Valle del Cauca.
- Fomentar la investigación, innovación y desarrollo de currículos, métodos y medios pedagógicos.
- Diseñar políticas para mejorar los niveles de eficiencia, la calidad y la cobertura de la educación en el Departamento.
- Dirigir y coordinar el control y la evaluación de calidad, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y aplicar los ajustes necesarios.
- Apoyar a los municipios no certificados en la formación de personal docente y administrativo estatal.
- Prestar asistencia técnica educativa, financiera y administrativa a los municipios no certificados, cuando a ello haya lugar.
- Aplicar, en concurrencia con los municipios no certificados, los incentivos y sanciones a las instituciones educativas, de acuerdo con los resultados de las evaluaciones de calidad y gestión.
- Evaluar el servicio educativo en los municipios no certificados.
- Ejercer la inspección, vigilancia y supervisión de la educación en los municipios no certificados en ejercicio de la delegación que para tan fin realiza el Presidente de la República.
- Aprobar la creación y funcionamiento de instituciones de educación formal y no formal.
- Administrar y responder por el funcionamiento, oportunidad y calidad de la información educativa de los municipios no certificados y suministrar la información a la Nación en las condiciones que se requiera.
- Apoyar técnica y administrativamente a los municipios para que se certifiquen en los términos previstos en la Ley 715 de 2001.
- Dirigir, planificar; y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica, media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en la ley 715.
- Administrar, las plantas de personal de la Secretaría de Educación, de las instituciones educativas y del personal docente y administrativo de los planteles educativos de los municipios no certificados financiados con los recursos disponibles en el Sistema General de Participaciones.
- Efectuar los nombramientos del personal requerido, administrará los ascensos, sin superar en ningún caso el monto de los recursos disponibles en el Sistema General de Participaciones.
- Realizar los concursos cuando las disposiciones legales y/o reglamentarias lo ordenen
- Distribuir las plantas departamentales de los municipios no certificados de personal docente, directivos y empleados administrativos, atendiendo los criterios de población atendida y por atender en condiciones de eficiencia, siguiendo la regulación nacional sobre la materia
- Trasladar docentes entre los municipios, preferiblemente entre los limítrofes, sin más requisito legal que la expedición de los respectivos actos administrativos debidamente motivados
- Distribuir entre los municipios no certificado, los docentes, directivos y empleados administrativos, de acuerdo con las necesidades del servicio, de conformidad con el reglamento.
- Evaluar el desempeño de rectores y directores, y de los docentes directivos, de conformidad con las normas vigentes.
- Prestar asistencia técnica y administrativa a las instituciones educativas, cuando a ello haya lugar.
- Promover la aplicación y ejecución de planes de mejoramiento de la calidad.
- Vigilar la aplicación de la regulación nacional sobre las tarifas de matrículas pensiones, derechos académicos y otros cobros en los establecimientos educativos.
- Las demás que le asigne la Constitución, la Ley, las ordenanzas, los decretos, los reglamentos y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.
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Fecha de publicación 25/06/2018
Última modificación 05/07/2018