Proceso Municipios Descertificados APSB - SGP

  1. DEFINICIONES Y TERMINOS:

 

  • ACTO DE FIRMEZA: La firmeza de un acto administrativo es un aspecto fundamental para que este pueda ser ejecutado por la autoridad competente, dicha firmeza depende de una serie de circunstancias, por ejemplo, que contra el acto no proceda recurso alguno, que si proceden recursos se hubieren resuelto, simplemente no se hayan interpuesto, se haya desistido de estos e incluso se pudo haber renunciado a los mismos.
  • ANUALIDAD: Vigencia en la cual se debe ejecutar un contrato suscrito dentro de la misma.
  • CDP: Es el documento mediante el cual se garantiza el principio de legalidad, es decir, la existencia del rubro y la apropiación presupuestal suficiente para atender un gasto determinado.
  • CERTIFICACION – MUNICIPIOS : Es una medida administrativa creada en la Ley 1176 de 2007, por medio de la cual la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios-SSPD verifica el cumplimiento, por parte de los municipios y distritos, de los requisitos establecidos en el Decreto 1077 de 2015 para mantener la competencia de: Administrar los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico-SGP-APSB, Asegurar la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
  • CIERRE OPERATIVO: corresponde a un balance financiero, contable y presupuestal de ingresos y gastos, con corte a la fecha de firmeza del acto administrativo de descertificación expedido por la SSPD, que realiza el municipio o distrito descertificado con el fin de determinar el estado de las finanzas públicas con cargo a los recursos del SGP-APSB y así permitir al departamento ejercer las competencias para la administración de dichos recursos y el aseguramiento de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
  • DHPF: Departamento de Hacienda Pública y Finanzas: Entidad apoyo transversal.es el encargado de tramitar los decretos de incorporación, cierre operativo, decretos de reducción, expedición de CDP y RPC. Retener los impuestos y deducciones de los contratos de inversión con fuente de financiación SGP APSB correspondientes a los municipios.
  • DJ: Departamento Jurídico: Entidad de apoyo transversal encargado de revisar todos los actos jurídicos derivados del proceso descertificados.
  • DPD: Departamento Administrativo de Planeación Entidad ejecutora encargado únicamente de la auditoría del FSRI con cargo al SGP APSB y del trámite de pago de los déficits.
  • EJECUCION PRESUPUESTAL: El proceso mediante el cual se recauda los ingresos, se adquieren los compromisos y se ordenan los gastos cumpliendo con los requisitos señalados en las disposiciones legales vigentes.
  • FSRI: Fondo de Solidaridad y Redistribución de los Ingresos creado por la ley 142 de 1994 con el fin de canalizar los recursos destinados a sufragar subsidios para que personas de menores ingresos puedan pagar los servicios públicos domiciliarios.
  • FUT: Formulario Único Territorial es una herramienta informática creada por la Dirección Territorial Sostenible del Departamento Nacional de Planeación para facilitar el uso de los datos reportador por las entidades territoriales.
  • MVCT: Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio es el responsable de formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planeas y proyectos en materia del desarrollo territorial y urbano planificado del país, la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo, teniendo en cuenta las condiciones de acceso y financiación de vivienda y prestación de los servicios públicos de agua potables y saneamiento básico.
  • PAA: Plan de Anual de Adquisiciones es una herramienta para facilitar a las entidades estatales identificar, registrar, programar y divulgar sus necesidades de bienes, obras y servicios. Además, permite diseñar estrategias de contratación basadas en agregación de la demanda que permitan incrementar la eficiencia del proceso de contratación.
  • RE-CERTIFICACIÓN: Es una medida administrativa por medio de la cual la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios notifica al Municipio descertificado que cumple con los requisitos establecidos en el Decreto 1077 de 2015 para recuperar su competencia en el manejo de los recursos del Sistema General de Particiones para Agua Potable y Saneamiento Básico SGP-APSB.
  • RECURSO DE REPOSICIÓN: Es un recurso ordinario muy utilizado contra las decisiones administrativas y judiciales, pues se busca que la persona que tomó la decisión evalúe las inconsistencias y con base en esto, revoque o reforme la decisión.
  • RESOLUCION: Es el acto en el que se concluye con un análisis final y definitivo del problema que busca desde una instancia cuestionada y debatida ser resuelto.
  • RPC: El registro presupuestal es la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso, garantizando que los recursos comprometidos no sean desviados a ningún otro fin.
  • SECOP: Es un sistema electrónico que permite a las entidades estatales cumplir con las obligaciones de publicidad de los diferentes actos expedidos en los procesos contractuales y permitir a los interesados en participar en los procesos de contratación, proponentes, veedurías y a la ciudadanía en general, consultar el estado de los mismos.
  • SGP-APSB: Son los recursos del Sistema General de Particiones que se destinan para Agua Potable y Saneamiento Básico que se destinan para la prestación de los servicios Públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico.
  • SSPD: La Superintendencia de servicios públicos es una entidad técnica que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida en Colombia, mediante la vigilancia, inspección y control a la prestación de los servicios públicos domiciliarios, la protección de los derechos y la promoción de los deberes de los usuarios y prestadores.
  • SUI:   Sistema único de Información es una herramienta informática que busca unificar y consolidar la información proveniente de los prestadores de servicios públicos.
  • SVH: La secretaria de Vivienda y Hábitat es el dasignado para el aseguramiento de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo para el compromiso de los recursos del SGP APSB en las inversiones como en el control operativo a los prestadores de los servicios públicos de estos servicios sean de carácter público, privado o mixto, que en caso de existir el contrato o convenio de operación hará las veces de contratante.
  • VIGENCIAS FUTURAS DE PROYECTOS: Adquirir compromisos con el SGP APSB por más de una vigencia.
  • VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES: Cuando se comprometen recursos del SGP APSB por más de una vigencia sin contar con suma de dinero alguna
  • VIGENCIAS FUTURAS ORDINARIAS: Cuando se compromete recursos del SGP APSB por más de una vigencia y se cuenta en la actual con el 15% del total de recursos a comprometerse. Ley 819 de 2003.

 

  1. CONTENIDO:

 

No.

ACTIVIDAD

1.

SSPD emite Resolución imponiendo la medida de descertificación a El Municipio y/o Distrito, perdiendo la competencia para el manejo de los Recursos del SGP-APS como para el aseguramiento de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico.

2

Se procede a la notificación virtual o presencial de la resolución de descertificación al Municipio.

3

El Municipio decide si interpone o no recursos de reposición a la resolución que impone la descertificación emitida por la SSPD.

4

SSPD emite acto de firmeza de la resolución de desertificación.

5

Se procede a la notificación virtual o presencial de la resolución por la cual resuelve el recurso.  Si se revoca la resolución se certifica el municipio y no asume la competencia la Gobernación del Valle. Si se confirma la resolución queda en firme, pierde el municipio la competencia y la asume la Gobernación.

6

Se inicia los actos previos (Solicitando al municipio los documentos requeridos para la mesa de empalme).

7

El municipio envía los documentos al Departamento del Valle del Cauca.

8

El municipio elabora el cierre operativo y expide decreto de reducción del presupuesto de la fuente de financiación del SGP APSB (a los 3 días del acto de firmeza).

9

Se realiza la mesa de empalme entre el municipio descertificado y Gobernación del Valle (dentro de los 15 días de firmeza de la resolución que impone la descertificación).

10

Se entrega certificación bancaria de la Cuenta Maestra del Departamento del Valle de Cauca donde el Municipio debe consignar los recursos (a los 5 días después de la mesa de empalme).

11

Se solicita incorporación del presupuesto de inversión a la DHFP.

12

Se solicita incorporación del presupuesto del FSRI a la DHFP.

13

Se incorpora los recursos como rentas administradas en el presupuesto del Departamento del Valle del Cauca. DPD lo relacionado con FSRI y SVH con lo de inversión.

14

El Departamento del Valle del Cauca da continuidad a los contratos en ejecución del Municipio.

15

El Municipio descertificado entrega Fichas MGA de proyectos de inversión conforme al Plan de Desarrollo Municipal y a las actividades elegibles del art. 11 de la ley 1176 de 2007.

16

Verificar que las Fichas MGA de proyectos de inversión están conforme al Plan de Desarrollo Municipal y a las actividades elegibles.

P.C. O= (Punto de Control Operacional).

17

El Municipio descertificado expide certificación que los proyectos están dentro de las inversiones del plan de desarrollo.

18

Se registra las necesidades en el plan de compras de la vigencia.

19

Se solicita el Plan Anual de Caja de cada una de las apropiaciones del presupuesto de egreso.

20

Se expide el Plan Anual de Caja.

21

Se incorpora como parte de las compras o adquisiciones dentro del Comité de compras a cargo DJ

22

Se solicita el CDP definiendo el objeto de la necesidad.

23

Se expide el CDP.

24

Se designa el Comité Estructurador de Pliegos.

25

Verificar la modalidad de selección (Mínima Cuantía, Menor Cuantía, Concurso de Méritos y Licitación Pública) para cada tipo de contrato (Obra Pública, Interventoría y Consultoría).

P.C. O= (Punto de Control Operativo).

26

Se diligencia la documentación correspondiente al tipo de modalidad y contrato y se publica en el SECOP en conjunto con la Resolución de apertura (3 días para publicar en el SECOP).

27

Se realiza la Carta de Aceptación/Contrato Suscrito

28

Se hace la Constitución de Garantía Única

29

Se emite Resolución de aprobación de la Garantía única

30

Se Expide el RPC – grupo de presupuesto

31

Se designa el Supervisor

32

Se designa el Apoyo de Supervisor

33

Se elaboran informes de Supervisión y Apoyo de Supervisión (se publica dentro de los 3 días hábiles en el SECOP)

34

Publicación de las Actas Parciales (se publica dentro de los 3 días hábiles en el SECOP)

35

Se expide RPC (factura)

36

Acta de Recibo final (se publica dentro de los 3 días hábiles en el SECOP) Se debe firmar al día siguiente de vencido el plazo.

37

Acta de Liquidación Final (se publica dentro de los 3 días hábiles en el SECOP después de suscrita) Se debe firmar hasta 4 o 6 meses o 2 años.  Lo no acordado se debe registrar en dicha acta para reclamación posterior.

38

Se Expide RPC pago final (se publica dentro de los 3 días hábiles en el SECOP)

39

El Departamento compromete y ejecuta los recursos disponibles de inversión del Municipio

40

Verificar que la descertificación del Municipio se encuentre vigente.

P.C. O= (Punto de Control Operativo)

41

SSPD emite la Resolución de recertificación del Municipio cuando este cumple con los requisitos de ley para la administración de los recursos de SGP-APSB.

42

Se notifica vía email o presencial la resolución de recertificación del municipio.

43

Reasume la competencia el municipio recertificado y pierde la competencia la Gobernación del Valle

44

La SSPD comunica virtualmente o físicamente a la Gobernación del Valle de la resolución que decide recertificar al municipio

45

El Departamento del Valle del Cauca realiza el cierre operativo para la entrega de los recursos de SGP-APSB al Municipio.

46

El líder del Equipo Multidisciplinario comunica a todas las entidades del equipo que se debe suspender la expedición de actos y de gestión

47

Acta de reunión convocado por el líder del subgrupo de presupuesto del equipo multidisciplinario

48

Cierre operativo del presupuesto del municipio recertificado

49

Solicitud de reducción de presupuesto de inversión del municipio recertificado

50

Solicitud de reducción de presupuesto de FSRI del municipio recertificado

51

Decreto de Reducción de Presupuesto del SGP APSB del municipio recertificado

52

Se realiza la Mesa de empalme por parte del Departamento del Valle del Cauca para la entrega de los recursos de SGP-APSB al Municipio.

53

Fin de procedimiento

 
 
Diagrama de flujo municipios descertificados
 
 
 
 

 

 


Número de visitas a esta página 5207
Fecha de publicación 03/10/2018
Última modificación 07/06/2019