Casos de contribuyentes de vehículos con traspaso abierto que están en mora con el Impuesto Automotor

 

¿Para quiénes aplica?

Para aquellos interesados en saldar deudas del Impuesto sobre Vehículo Automotor de particulares (carro y motocicletas de más de 125 cc) que fueron vendidos con traspaso abierto y a la fecha se encuentra en mora desde la ocurrencia de la venta.

Cabe resaltar que hasta tanto no se legalice el traspaso del vehículo a persona indeterminada ante el organismo de tránsito correspondiente, el actual propietario será el único responsable de las obligaciones tributarias y demás compromisos que involucren al vehículo.

Se aplicará el 100% de descuento sobre sanciones e intereses, pagando solo el impuesto, a partir del año siguiente a la ocurrencia del evento (venta del vehículo) siempre y cuando el deudor pague la totalidad de los años adeudados antes del evento (venta del vehículo).

Para los efectos jurídicos de la remisión de deuda, el acto administrativo estará condicionado a que el peticionario, en un término de 90 días después de la notificación de la aplicabilidad del beneficio, tramite ante la Secretaria de Tránsito competente, la inscripción de traspaso del vehículo a persona indeterminada. De no cumplir con esta condición, los pagos realizados serán tomados como abono.

 

Requisitos Persona Natural
  • Diligenciar Solicitud Sugerida que podrá encontrar y descargar en la parte inferior de esta página.
  • Fotocopia del documento de identidad del peticionario.
  • Demostrar cuando menos a través de declaración juramentada ante juez o notario público, que han transcurrido mínimo tres años desde el momento que el propietario dejó de ser poseedor del vehículo que busca acogerse a la remisión de deuda

 

Requisitos Persona Jurídica
  • Diligenciar Solicitud Sugerida que podrá encontrar y descargar en la parte inferior de esta página.
  • Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
  • Certificado original de existencia y representación legal expedido con un término no mayor a 30 días a la radicación de la solicitud.
  • Poder debidamente otorgado al apoderado en caso de actuar a través de él, fotocopia del documento de identidad y tarjeta profesional del apoderado.
  • Demostrar cuando menos a través de declaración juramentada ante juez o notario público, que han transcurrido mínimo tres años desde el momento que el propietario dejó de ser poseedor del vehículo que busca acogerse a la remisión de deuda.

 

Medio de radicación

El usuario deberá radicar la solicitud, cumpliendo con todos los requisitos, en la Ventanilla Única ubicada en la Gobernación del Valle del Cauca. (Carrera 6 entre calles 9 y 10, Edificio Palacio de San Francisco)

 

Fecha límite de presentación

Hasta 31 de octubre de 2023

 

 

Descargar Solicitud Sugerida

Descargar Ordenanza y Decreto Reglamentario

 


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Fecha de publicación 01/05/2023
Última modificación 01/08/2023