Cumplimiento de Normatividad para Inspección, Control y Vigilancia

Cumplimiento de Normatividad para Inspección, Control y Vigilancia

CIRCULAR

 

Santiago de Cali, 28 de Septiembre de 2017

 

 

PARA:                       ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO INSCRITAS ANTE LA GOBERNACIÓN DEL VALLE DEL CAUCA Y ANTE CÁMARA DE COMERCIO

 

ASUNTO:      CUMPLIMIENTO DE NORMATIVIDAD PARA INSPECCIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA

 

Cordial Saludo,

 

 

El presidente de la República de Colombia, delegó en los Gobernadores de los Departamentos, la función de ejercer la inspección y vigilancia sobre las Instituciones de Utilidad Común, domiciliadas en el respectivo Departamento, que no estén sometidas al control de otra entidad.

En ese contexto, la Gobernadora  tiene la facultad de ejercer funciones administrativas de inspección, control y vigilancia sobre las entidades sin ánimo de lucro: Asociaciones o Corporaciones y Fundaciones o Instituciones de Utilidad Común,  que le deviene por delegación según las siguientes normas: Decreto Nacional 1318 de 1988, Artículos 1 y 2; Decreto Nacional 1093 de 1989, Artículos 1 y 2; Decreto Nacional 525 de 1990, Artículo 27; Ley 2150 de 1995, Decreto Nacional 427 de 1996, Decreto Nacional 1529 de 1990 y Decreto Departamental 1138 del 29 de agosto de 2016.

 

Por lo anteriormente descrito, con el fin de asegurar que las Entidades cumplan con el objeto para el cual se constituyeron, que su patrimonio se esté invirtiendo en debida forma, que obren de acuerdo con la ley y cumplan sus estatutos; El Departamento Administrativo de Jurídica, solicita al representante legal y al revisor fiscal de las entidades sin ánimo lucro inscritas ante la Gobernación del Valle del Cauca, o ante las respectivas Cámara de Comercio, presentar los siguientes documentos físicos:

 

.1.        Certificado de existencia y representación legal actualizado.

.2.        Copia de los estatutos.

.3.        Copia de las actas de asamblea general ordinaria y/o extraordinaria, años 2015, 2016 y 2017.

.4.        Acta de asamblea o de máximo órgano, sobre aprobación de reformas, en la que indique claramente los Artículos reformados.

.5.        Copia de los estatutos vigentes (reformados).

.6.        Registro Único Tributario vigente.

.7.        Declaración de Renta y complementarios o Declaración de Ingresos y Patrimonio, según Responsabilidad RUT.

.8.        Estados Financieros Básicos debidamente firmados en original o copia por Representante Legal, Contador Público, Revisor Fiscal (si lo hay), años 2013, 2014, 2015 y 2016.

.9.        Balance General Comparativo, años 2013, 2014, 2015 y 2016.

.10.     Estado de Resultados Comparativo, años 2013, 2014, 2015 y 2016.

.11.     Estado de Cambios en el Patrimonio Comparativo (aplica únicamente para las entidades del Grupo 1: NIIF plenas y Grupo 2: NIFF Pymes), años 2015 y 2016.

.12.     El estado de cambios en la situación Financiera Comparativo (Aplica únicamente para las entidades del Grupo 1: NIIF plenas y Grupo 2: NIFF Pymes), años 2015 y 2016.

.13.     El estado de Flujo de Efectivo Comparativo (Aplica únicamente para las entidades del Grupo 1: NIIF plenas y Grupo 2: NIFF Pymes), años 2015 y 2016.

.14.     Notas a los Estados Financieros comparativas. Incluir resumen de las políticas contables significativas y otras de información explicativa.

.15.     Certificación de Estados Financieros (firmado por Representante Legal y Contador).

.16.     Dictamen del Revisor (si lo hay) - (debidamente firmado por Representante Legal).

.17.     Informe de Gestión (firmado por el Representante Legal).

.18.     Acta de Aprobación de Estados Financieros, Informe de Gestión y destinación de los excedentes.

.19.     Proyecto de presupuesto a ejecutar en la vigencia actual.

.20.     Certificado de Registro de Libro de Asociados, Actas de Asamblea, Junta de Asociados expedido por Cámara de Comercio y Libros de contabilidad (si no lo ha aportado).

 

En este orden de ideas, El Departamento Administrativo de Jurídica velará por el acatamiento de las directrices aquí relacionadas para un mejor seguimiento a la entidad y lograr los fines de Inspección, Control y Vigilancia propuestos en la normatividad vigente.

 

Atentamente,

 

DIANA LORENA VANEGAS CAJIAO

Directora

Departamento Administrativo de Jurídica

 


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Fecha de publicación 28/09/2017
Última modificación 02/10/2017