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¿Qué papel cumplen las entidades territoriales en la definición de los indicadores de la evaluación de directivos y docentes?

La definición de los indicadores es un proceso descendente y de construcción colectiva. La secretaría de educación determina los indicadores de gestión de los rectores y directores de su entidad territorial y en concordancia con ellos el rector y su comunidad, definen los de su institución. Es importante señalar que la definición de los criterios de desempeño o indicadores a cualquier nivel no se hace caprichosamente, por el contrario deben obedecer a las políticas de calidad y eficiencia determinadas por el Ministerio de Educación, basados en estándares universales de desempeño, las necesidades e intereses de las poblaciones atendidas y los proyectos educativos institucionales, entre otros.

Cómo brindar orientaciones a los Rectores sobre el manejo de la autonomía institucional para organizar sus propios sistemas de evaluación.

El MEN ha emitido un documento orientador para la aplicación del Decreto 1290 de 2009 y la implementación de los sistemas institucionales de evaluación-SIE-. Sin embargo, no debe olvidarse que la autonomía se encuentra enmarcada en la normatividad educativa, las orientaciones del MEN y el control ejercido por la comunidad educativa. No obstante, la Secretaria de Educación del Valle cuenta con un documento orientador sobre el particular el cual se encuentra publicado en el sitio web de la Secretaria: http://www.valledelcauca.gov.co/educacion/documentos.php?id=1750.

Qué orientar para que las IE que se consideren de mayor exigencia y tengan mayor reprobación no terminen sugiriendo a los estudiantes que se vayan a otra IE en donde en el primer periodo los promuevan anticipadamente y no terminen "perdiendo el año".

En una situación como ésta, debe alertarse de inmediato a la Secretaría de Educación, que es la competente para administrar la prestación del servicio educativo en su jurisdicción, orientar la implementación correcta del sistema y dirimir los conflictos que se presenten en relación con la movilidad de los estudiantes de un establecimiento a otro (Art. 10).

Los valores que se incluyen en las tablas de la Guía No.34 son fijas para hacer los Planes de Mejoramiento Institucional?.

Las rejillas y formatos con sus respectivos valores, son un referente importante para que la Secretaria de Educación a través del equipo de Evaluación Educativa realice el análisis de los resultados de cada componente de las áreas de gestión respectivas; de otra parte, para perfilar el trabajo de acompañamiento, asistencia técnica y/o auditorías de verificación de la información recabada. El documento de análisis de la auto evaluación que elabora el equipo de la SED provee información relevante para trazar acciones de mejora desde programas y proyectos desde la Secretaria.

Donde puedo encontrar las orientaciones relacionadas con la Ruta de Mejoramiento Institucional e informe de análisis de las auto evaluaciones institucionales de las instituciones educativas oficiales y no oficiales.

La información relacionada con las orientaciones para adelantar el proceso de auto evaluación institucional, metodología y estrategias para el desarrollo exitoso de la misma se encuentra en el link de la Secretaria de Educación: http://www.valledelcauca.gov.co/educacion/documentos.php?id=1749.

¿Cuándo adquiere firmeza el resultado de la ECDF?

Sobre este tema se tienen dos situaciones: Primera: Los resultados de los educadores que no presenten reclamación o que expresamente renuncien a la misma, quedarán en firme al día siguiente del vencimiento de los 5 días para reclamar. Segunda: Los resultados de los educadores que presenten reclamación quedarán en firme desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos. Lo anterior encuentra sustento en lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 1437 de 2011. El ICFES contará con un término comprendido entre el 23 de diciembre de 2017 hasta el 07 de febrero de 2018 para resolver las reclamaciones presentadas. El 26 de diciembre de 2017, el Ministerio de Educación Nacional le remitirá a las Secretarías de Educación vía correo electrónico el listado de docentes que no presentaron reclamaciones dentro de los términos establecidos en el artículo 1º de la Resolución 24826 de 2017. Este listado contiene los resultados en firme de los docentes que aprobaron la ECDF y deberá ser publicado oficialmente por las ETC ese mismo día.

¿Cuál fue el proceso para obtener los resultados de las evaluaciones de desempeño de los educadores inscritos y habilitados para participar en la ECDF?

Tal y como lo establece el artículo 4 de la Resolución 22453 de 2016, el instrumento de promedio aritmético hace referencia a: “Es el promedio aritmético de las últimas dos (2) evaluaciones anuales de desempeño que haya presentado el educador, registradas únicamente en el Sistema de Gestión de Recursos Humanos y Nómina implementado en el marco del proyecto de modernización de las Secretarías de Educación. Para efectos de garantizar la ponderación y calificación correcta de este instrumento, las entidades territoriales certificadas en educación deben actualizar en el Sistema Humano la información de las calificaciones de evaluación de desempeño anual de los educadores regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002.” Así las cosas, las Entidades Territoriales Certificadas en Educación debieron cargar y actualizar las calificaciones de las Evaluaciones de Desempeño en el Sistema Humano, ya que desde el mes de febrero (cuando se realizó la primera etapa de verificación de resultados de las evaluaciones de desempeño a través de Maestro 2025) el Ministerio de Educación Nacional reiteró la importancia de adelantar esta gestión de manera oportuna. El 20 de octubre de 2017 la Oficina de Soporte Lógico entregó a la Subdirección de Recursos Humanos la última base de datos de los resultados de evaluaciones de desempeño de los educadores inscritos y habilitados a la ECDF. Esta base de datos fue entregada posteriormente a la Subdirección de Referentes y Evaluación de la Calidad de la Educación para actualización de los datos de calificación de las evaluaciones de desempeño registrados en el sistema Humano por las Entidades Territoriales Certificadas en Educación.

¿Quién o quienes deben emitir conceptos técnico-pedagógicos sobre viabilidad de Proyectos de inversión presentados a consideración de la Secretaria de Educación?

De acuerdo con el perfil profesional de los funcionarios adscritos al área de Calidad Educativa se designa un funcionario del área de Evaluación o Mejoramiento para la respectiva lectura, análisis, valoración y emisión de concepto de viabilidad sectorial.

¿Qué se debe tener en cuenta para el trámite de registro de Programas para el Trabajo y el Desarrollo Humano?

Oficio del interesado en crear una institución de educación para el trabajo y el desarrollo humano de carácter privado debe solicitar licencia de funcionamiento a la Secretaria de Educación del Valle, con la siguiente información: (1) Nombre propuesto para la institución, número de sedes, municipios y dirección de cada una. (2) Nombre del propietario o propietarios. Cuando se trate de personas jurídicas deberá adjuntar el certificado de existencia y representante legal. (3) El programa o programas que proyecta ofrecer. (4) El número de estudiantes que proyecta atender. (5) Identificación de la planta física; el peticionario deberá adjuntar copia de la licencia de construcción.

2. ¿Cuál es la página oficial de la Secretaría de Educación de Valle del Cauca?

www.valledelcauca.gov.co/educacion


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