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Preguntas mas frecuentes desde la Oficina para la Transparencia de la Gestión Pública

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Preguntas mas frecuentes desde la Oficina para la Transparencia de la Gestión Pública

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¿Cómo puede acceder a información pública?

Las personas y entidades obligadas por la ley tienen el deber de crear un vínculo o enlace identificado como: “Transparencia y acceso a información pública”, a fin de divulgarla proactivamente en su sitio web, según la estrategia de Gobierno en Línea (art. 4, Dec 103). La información debe estar a disposición de cualquier persona de manera directa, a través de medios físicos, remotos o locales de comunicación electrónica (art. 4, 7, 24. Ley 1712).

¿Cuáles son las excepciones de acceso a información pública?

El acceso a información pública puede verse expresamente limitado conforme a la Constitución o las leyes, por daño a otros derechos o intereses públicos. Las personas y entidades obligadas deben mantener y publicar un índice actualizado de la información pública clasificada y reservada, y elaborar versiones públicas de documentos que contengan partes protegidas por alguna excepción. La reserva de acceso opera respecto del contenido de un documento público, pero no de su existencia

¿Qué elementos conforman una rendición de cuentas?

La rendición de cuentas a los ciudadanos se fundamenta en tres (3) elementos básicos:

Información de calidad y en lenguaje claro sobre los avances y resultados de la gestión pública, así como sobre derechos garantizados.

Diálogo para explicar, escuchar y retroalimentar la gestión.

Incentivos para la construcción de la cultura de servidores como una forma motivación de los servidores públicos y a los ciudadanos.

¿Qué es el derecho de acceso a la información pública?

Es el derecho fundamental de toda persona a conocer sobre la existencia de la información pública y acceder a ella, a solicitarla y a recibirla. En principio, la información pública es de libre acceso y solo admite algunas excepciones que deben estar expresamente definidas en la Constitución o en las leyes.

¿Qué es la rendición de cuentas?

La rendición de cuentas es la obligación de las entidades y servidores públicos de informar y explicar los avances y los resultados de su gestión, así como el avance en la garantía de derechos a los ciudadanos y sus organizaciones sociales, a través de espacios de diálogo público. (Ver Conpes 3654 de 2010 y Ley 1757 de 2015).  A la vez, la rendición de cuentas implica la capacidad y el derecho de la ciudadanía a pedir información, explicaciones y retroalimentar al gobierno, con evaluaciones y propuestas de mejora, o con incentivos para corregir la gestión, premiar o sancionar los resultados

¿Qué propósito tiene la rendición de cuentas?

La rendición de cuentas tiene como propósito generar transparencia en la gestión pública y responsabilidad en las autoridades para la divulgación y sustentación de resultados ante los ciudadanos, motivando el control ciudadano.

¿Qué significa el término “incentivos”?

El elemento incentivo se refiere a aquellas acciones de las entidades públicas que refuerzan el comportamiento de servidores públicos y ciudadanos hacia el proceso de rendición de cuentas. Se trata entonces de llevar a cabo gestiones que contribuyan a la interiorización de la cultura de rendición de cuentas en los servidores públicos y en los ciudadanos.

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Horario atención: Lunes a jueves: Mañana  7:30 am a 12:30 pm Tarde 1:30 pm a 5:30 pm
Viernes:  Mañana 7:30 am a 12:30 pm  - Tarde 1:30 pm a 4:30 pm

Línea de atención ciudadana
Teléfono conmutador PBX: +57 (602) 620 00 00
Línea Gratuita Nacional: +57 01-8000972033

Línea anticorrupción

PBX: +57 (602) 620 00 00 ext 3641

Correos electrónicos
Institucional: contactenos@valledelcauca.gov.co
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Tutelas: ntutelas@valledelcauca.gov.co
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