Preguntas Frecuentes de Vivienda para Ahorradores VIPA - Secretaría de Vivienda y Hábitat
A. ¿Qué es el Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores – VIPA?
Es un nuevo programa de vivienda del Gobierno Nacional, dirigido a 86.000 hogares colombianos que tienen ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes SMLMV, y que quieren adquirir vivienda de interés prioritario urbana nueva en los proyectos que se seleccionen en desarrollo del programa.
B. ¿Qué busca el Programa de Vivienda para Ahorradores, VIPA?
Este programa busca promover la adquisición de vivienda para familias de todo el país que tengan ingresos de hasta dos salarios mínimos mensuales. Estos hogares podrán tener casa propia sin comprometer más del 30% de su ingreso en el pago de las cuotas del crédito hipotecario. Lo anterior significa que un hogar que tenga ingresos de un salario mínimo mensual podrá comprar su casa, en el marco de este programa, con una cuota mensual aproximada de 180 mil pesos.
C. ¿Qué requisitos deben cumplir los hogares para ser potenciales beneficiarios del programa?
Podrán ser beneficiarios del programa los hogares que tengan ingresos totales mensuales no superiores a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Que no sean propietarios vivienda. Que no hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda efectivamente aplicado, ni de la cobertura de tasa de interés. Que cuenten con un ahorro del 5% del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente dos millones de pesos. Que tengan un crédito pre-aprobado por los recursos faltantes para acceder a la vivienda y que no hayan sido inhabilitados por haber presentado documentos o información falsa con el objeto de que le fuera adjudicado un subsidio.
D. ¿Cuántas familias se beneficiarán con la medida?
Con este programa serán beneficiados 86.000 hogares que tienen ingresos de hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, que adquieran vivienda de interés prioritario urbana nueva en los proyectos que se seleccionen en desarrollo del programa.
E. ¿Estos 86.000 hogares qué beneficios puntuales tendrán?
A los hogares que tengan ingresos entre 1 y 1,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes se les asignará un subsidio hasta por 25 salarios mínimos legales vigentes, y a los que tengan ingresos de más entre 1,5 y 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se les asignará un subsidio hasta por 22 salarios mínimos.
Además recibirán la cobertura de tasa de interés, que equivaldrá a 5 puntos de la tasa del crédito que se les otorgue para la adquisición de la vivienda.
F. ¿Qué tipo de viviendas entregan con este programa VIPA y qué valor tienen estas viviendas?
Las viviendas del programa VIPA son viviendas de interés prioritario, VIP. Las viviendas tienen un costo de hasta 70 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Pueden ser tipo casa o apartamento, dependiendo de los proyectos seleccionados en desarrollo del programa.
G. ¿El programa VIPA impactará la generación de empleo?
Sí, se estima que con la ejecución de este programa se generarán cerca de 100.000 empleos.
H. ¿Cuántos recursos se invertirán en el Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores, VIPA?
El monto total del programa asciende a $2,1 billones. El Fondo Nacional de Vivienda (FONVIVIENDA), entidad adscrita al Ministerio de Vivienda, destinará aproximadamente $1,8 billones y las Cajas de Compensación Familiar aportarán aproximadamente $0,3 billones.
I. ¿Cómo es el esquema de ejecución del programa?
FONVIVIENDA y las Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo con las facultades que les otorga la Ley, constituirán un “patrimonio autónomo”, que será el ente encargado de administrar los recursos del programa, adelantar los procesos de selección de los proyectos de vivienda que se desarrollarán en el marco del mismo, y desembolsar los recursos del subsidio a los oferentes seleccionados que cumplan los requisitos que se indiquen en las convocatorias de los procesos de selección.
J. ¿Quiénes construirán las viviendas VIPA para estas 86.000 mil familias?
Los promotores, constructores y/o las Cajas de Compensación Familiar podrán ofertar proyectos de vivienda de interés prioritaria nueva construida, en construcción, o por iniciar, siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos de la convocatoria que realice el patrimonio autónomo para la selección de los proyectos.
También podrán adelantarse procesos de selección en los que las entidades públicas sean oferentes de los proyectos como miembros de consorcios o uniones temporales con promotores, constructores y/o Cajas de Compensación Familiar.
Se exigirá, como mínimo, que los proponentes tengan experiencia específica mínima de 5 años en ejecución de proyectos de vivienda y que no hubieren sido sancionados por incumplimientos contractuales relacionados con la construcción, de acuerdo con las normas vigentes. También se solicitarán los documentos que acrediten la viabilidad técnica, jurídica y financiera del proyecto.
K. ¿Cómo serán seleccionadas las familias beneficiarias?
Los oferentes de los proyectos seleccionados presentarán el listado de hogares propuestos para ser beneficiarios de los subsidios a aplicar en las viviendas del proyecto. Las Cajas de Compensación Familiar apoyarán en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para los hogares beneficiarios. FONVIVIENDA podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.
Si existen imprecisiones o irregularidades en los datos entregados, se otorgará un plazo para que el oferente y/o el hogar emitan aclaraciones, pero si no se subsanan, se rechazará el hogar y se solicitará al oferente proponer otro.
En el evento en que se adviertan inconsistencias con posterioridad a la asignación del subsidio, habrá lugar a su restitución, con el valor del salario mínimo del momento de la restitución.
L. ¿Las familias interesadas cómo podrán saber que el proyecto hace parte del VIPA?
Los proyectos que sean seleccionados en el marco del Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores, VIPA, serán publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá para que cualquier persona interesada pueda verificar los listados de proyectos, el constructor y su ubicación.
M. ¿Qué documentos deben llevar las familias a las salas de ventas?
Para empezar es preciso señalar que la escogencia de los proyectos por parte de los beneficiarios es libre. Se recomienda que los beneficiarios visiten las salas de ventas de los proyectos que les interesen antes de entregar cualquier tipo de documentación.
Una vez el beneficiario tenga definido el proyecto, será necesario que suministre al constructor la siguiente información:
• Un formulario de postulación debidamente diligenciado, en el formato que establezca Fonvivienda, que indique los datos de los miembros que conforman el hogar, con indicación de su información socioeconómica y la identificación del jefe del hogar.
• La identificación del proyecto de vivienda en donde aplicaría el subsidio familiar de vivienda en caso de ser otorgado en su favor, incluyendo la manifestación que ninguno de sus miembros se ha postulado para ser beneficiario en otro proyecto de vivienda de interés prioritario que haya sido seleccionado en el marco del programa.
• Registro civil de matrimonio o prueba de la unión marital de hecho.
• Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los mayores de 18 años y registro civil de nacimiento de los demás miembros del hogar que se postula.
• Documento que acredite la existencia de un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, en cualquiera de las modalidades de ahorro a que se refiere el decreto 1432 de 2013.
• Carta de preaprobación de crédito por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda.
• Autorización del hogar para que en el evento de resultar beneficiario del subsidio, los recursos se giren al oferente en los plazos y condiciones señalados en los términos de referencia de los procesos de selección.
• En caso de ser beneficiario de un subsidio familiar de vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, otorgado por una Caja de Compensación Familiar o por Fonvivienda, con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013, la autorización para que dicho subsidio sea girado al patrimonio autónomo o al Fovis de la Caja respectiva, según sea el caso.
N. ¿Todas las familias que vayan a las salas de ventas y cumplan con los requisitos saldrán favorecidas?
No. Las 86.000 mil viviendas están distribuidas en todo el país, por lo que en cada región se asignarán los cupos determinados para cada departamento. Para eso los constructores u oferentes de los proyectos seleccionados en cada municipio o ciudad presentarán el listado de hogares que se acercaron a las salas de ventas y manifestaron cumplir con los requisitos.
Las Cajas de Compensación Familiar apoyarán en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para los hogares beneficiarios. Fonvivienda podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.
Si existen imprecisiones o irregularidades en los datos entregados, se otorgará un plazo para que el oferente y/o el hogar emitan aclaraciones, pero si no se subsanan, se rechazará el hogar y se solicitará al oferente proponer otro.
O. ¿Cómo se notificará a las familias que salieron favorecidas?
Los listados presentados por los proponentes serán objeto del procedimiento de verificación a que se refieren los artículos 21 y siguientes del Decreto 1432 de 2013, y el patrimonio autónomo Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores comunicará al oferente el resultado, quien a su vez deberá comunicar a los beneficiarios.