Funciones de Subsecretaria de Presupuesto

  1. Formulación, coordinación, ejecución y evaluación de procesos tendientes a garantizar la integración, coordinación y funcionamiento del sistema presupuestal a nivel Departamental,  en los términos que establece la normatividad respectiva.
  2. Proyección, formulación, modificación, ejecución, registro y control del presupuesto General del Municipio, PAC, Plan de inversiones y plan financiero, planes de acción y operativos para el sistema presupuestal del  Departamento, en coordinación con la dirección Técnica de Planeación.
  3.  Coordinación y participación en el diseño y formulación del plan general de compras del departamento.
  4. Planeación, coordinación, ejecución, evaluación y control de los procesos, procedimientos relacionados con la ejecución activa y pasiva del presupuesto departamental, nivel central.
  5. Expedición de documentos, informes, certificaciones y actos administrativos relacionados con el área presupuestal.
  6. Ejecución de los procesos de certificación, registro y expedición de disponibilidades, registros, superávit y/o déficit presupuestales.
  7. Aplicar y mantener actualizado el estatuto Presupuestal del Departamento.
  8. Coordinar la elaboración de presupuesto general de ingresos y gastos del departamento.
  9. Prestar asistencia a las entidades descentralizadas en la formulación y ejecución presupuestal.
  10. Efectuar los estudios sobre el comportamiento de los ingresos y gastos y proponer las medidas de ajuste presupuestal  necesarias para mantener el equilibrio presupuestal.
  11. Efectuar las modificaciones  presupuestales que requieran para correcta ejecución del presupuesto de ingresos y gastos.
  12. Dar las disponibilidades presupuestales y los registros presupuestales que garanticen el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el ordenador del gasto.
  13. Realizar anualmente las cuentas por pagar  y las reservas presupuestales que permiten ampara los compromisos adquiridos en la vigencia fiscal anterior, conforme  a la normatividad establecida para tal efecto.
  14. Llevar el registro de la duda y garantizar la inclusión  de las apropiaciones  necesarias  que garanticen en cumplimiento de estas por parte de la gobernación.
  15. Remitir la información financiera, presupuestal y contables que soliciten los distintos organismos de control conforme a las disposiciones correspondientes.
  16. Las demás que le asigne la constitución, la ley, las ordenanzas, los decretos, los reglamentos  y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.

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Fecha de publicación 15/06/2016
Última modificación 15/08/2018