Responsabilidades y Funciones de la Secretaría de Asuntos Étnicos

En el Decreto 1-17-13-10, Articulo 120, se definen las siguientes responsabilidades y funciones de la Secretaría de Asuntos Étnicos de la Gobernación del Valle del Cauca:

  1. Formular, ejecutar planes, programas y proyectos dirigidos a la población afro e indígena que habita en el departamento del Valle del Cauca.

  2. Diagnosticar las condiciones sociales, económicas, culturales y políticas de las poblaciones étnicas a través de la caracterización y generación de estadísticas e indicadores, que la situación socio económico de las poblaciones étnicas del Departamento del Valle del Cauca, en coordinación con el Departamento Administrativo de Planeación.

  3. Alimentar la información en el Sistema de Inarmación Social (SIS).

  4. Socializar la información en las instancias de participación legalmente establecidas.

  5. Fortalecer el acceso de las poblaciones étnicas a las diferentes acciones afirmativas implementadas en el Departamento del Valle del Cauca.

  6. Garantizar la participación de las comunidades étnicas en la construcción, implementación y seguimiento al Plan Departamental de Desarrollo.

  7. Fomentar y fortalecer, a las comunidades étnicas del departamento del Valle del Cauca en el conocimiento de las rutas que le garanticen el goce efectivo de sus derechos.

  8. Acompañar en los procesos educativos, económicos, organizativos, jurídicos, políticos, sociales, culturales, ambientales y demás que les impacten, a las comunidades étnicas del departamento del Valle del Cauca.

  9. Asesorar a las comunidades étnicas del departamento del Valle del Cauca en el proceso de acceder a las acciones afirmativas que se encuentran establecidas en la normatividad.

  10. Conmemorar las fechas representativas para las comunidades étnicas.

  11. Trazar una ruta para la divulgación, socialización y aplicación de la ley 1482 de 2011 contra todas las formas de discriminación.

  12. Coordinar las acciones y actividades entre entidades que apoyan y cooperan con las comunidades étnicas del departamento del Valle del Cauca.

  13. Realizar seguimiento para que las actividades productivas, económicas y el acceso al crédito de las comunidades étnicas del departamento del Valle del Cauca estén presentes en las diferentes dependencias de la administración departamental, para mejorar su calidad de vida.

  14. Apoyar las acciones con el fin de prevenir el desplazamiento forzado de las comunidades étnicas del Departamento del Valle del Cauca (Decreto 4633 y 4635 de la Ley 1448 de 2011).

  15. Acompañar la ruta de atención establecida para las comunidades étnicas del departamento del Valle del Cauca que se encuentren en condición de víctimas. (Decreto 4633 y 4635 de la Ley 1448 de 2011).

  16. Formular estrategias de participación y concertación democrática que garanticen los derechos de las comunidades étnicas del departamento del Valle del Cauca.

  17. Garantizar la participación de la población étnica del departamento del Valle del Cauca en las diferentes instancias de incidencia departamental.

  18. Brindar asistencia jurídica a las alcaldías de los municipios del departamento del Valle del Cauca para la conformación y fortalecimiento de las mesas de concertación afro e indígena.

  19. Las demás que le asigne la Constitución, la ley, las ordenanzas, los decretos, los reglamentos, normas y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.

 

ARTÍCULO 121. Subdirección técnica de Asuntos Afrodescendientes.

Son responsabilidades y funciones de la Subdirección Técnica de asuntos Afrodescendientes, las siguientes:

  1. Apoyar la formulación de objetivos, metas e indicadores de gestión asociados al aporte de la dependencia al plan de desarrollo del Departamento del Valle del Cauca.

  2. Coordinar la participación e inclusión de la Población Afrodescendiente del departamento del Valle del Cauca en los diferentes planes, programas y proyectos que se desarrollen desde las diferentes dependencias de la Administración Central Departamental.

  3. Realizar la concertación de políticas para el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades afrodescendientes del Departamento del Valle del Cauca.

  4. Realizar la concertación intersectorial e interinstitucional para el fomento de proyectos de generación de ingresos para las comunidades Afrodescendiente del departamento del Valle del Cauca.

  5. Prestar asesoría y asistencia técnica que contribuya al desarrollo económico y social de las comunidades afrodescendientes del departamento del Valle del Cauca a nivel territorial y departamental.

  6. Realizar oportunamente los reportes de novedades y gestionar ante quien corresponda, la apropiada disponibilidad de los recursos humanos, financieros, técnicos, informáticos, físicos y de todo orden requeridos para su normal funcionamiento, a través de la gestión de compras y contratación pública.

  7. Proyectar la gestión presupuestal y financiera de la dependencia y hacer seguimiento a la correcta ejecución y contabilización.

  8. Gestionar el seguimiento y evaluación al cumplimiento de metas y presentar periódica y oportunamente informes de rendición de cuentas ante sus superiores y ante la ciudadanía en los términos que se establezcan en la Administración Departamental del Valle del Cauca. Asi mismo rendir los informes requeridos por la Asamblea Departamental, los órganos de control, las alcaldias municipales y demas autoridades públicas.

  9. Gestionar el desarrollo del talento humano de la dependencia y los procesos asociados de atracción, selección, evaluación del desempeño, capacitación, bienestar, retención y retiro.

  10. Formular las estrategias y gestionar las acciones de mejora del servicio al cliente y atención al ciudadano en PQRs

  11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y del proceso de mejoramiento continuo de la calidad

  12. Vigilar la adecuada interventoria y supervisión de los contratos celebrados con cargo a la dependencia y cumplir los procedimientos de contratación e interventoría adoptados por la Administración Departamental del Valle del Cauca.

  13. Las demás que le asigne la Constitución, la ley, las ordenanzas, los decretos, los reglamentos, normas y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.

 

ARTICULO 122. Subdirección técnica de Asuntos Indígenas.

Son responsabilidades y funciones de la Subdirección Técnica de asuntos Indigenas, las siguientes:

  1. Apoyar la formulación de objetivos, metas e indicadores de gestión asociados al aporte de la dependencia al plan de desarrollo del Departamento del Valle del Cauca.

  2. Coordinar la participación e inclusión de la población indigena en los diferentes planes, programas y proyectos que se desarrollen desde las diferentes dependencias de la Administración Central Departamental del Valle del Cauca.

  3. Velar por el cumplimiento de los Planes de Salvaguarda de los pueblos indígenas del departamento del Valle del Cauca:

  4. Coordinar el cumplimiento del Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional para los pueblos indigenas.

  5. Coordinar la aplicación del decreto 4633 de la ley de víctimas 1448 de 2011.

  6. Coordinar la realización y seguimiento de la Mesa de Concertación indigena.

  7. Coordinar la formulación y ejecución de los planes, programas y proyectos dirigidos a los pueblos indígenas del departamento del Valle del Cauca.

  8. Gestionar recursos con entes locales, nacionales e internacionales para los pueblos indígenas del departamento del Valle del Cauca.

  9. Asesorar a los pueblos indígenas del departamento del Valle del Cauca para acceder a las acciones afirmativas que se encuentran establecidas en la normatividad.

  10. Fomentar y fortalecer el conocimiento de las rutas que les garanticen a los pueblos indígenas del departamento de Valle del Cauca el goce efectivo de sus derechos.

  11. Velar por el cumplimiento de la política pública para los pueblos indígenas en el departamento del Valle del Cauca

  12. Coordinar la participación de los pueblos indígenas en la construcción de los Planes de Desarrollo del departamento del Valle del Cauca.

  13. Coordinar la alimentación de la Plataforma SIS, referente a la información de los pueblos Indígenas del departamento del Valle del Cauca.

  14. Las demás que le asigne la Constitución, la ley, las ordenanzas, los decretos, los reglamentos, normas y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.


Número de visitas a esta página 180
Fecha de publicación 25/06/2024
Última modificación 25/06/2024