Plataforma de Convivencia Escolar para denunciar casos de violencia al interior de las instituciones educativas

Santiago de Cali, 3 de diciembre de 2018. Se cumplió en la ciudad de Cali el último Comité departamental de Convivencia Escolar año 2018 cuya secretaría técnica se encuentra a cargo de la Secretaría de Educación del Valle del Cauca.
Durante el evento, se socializó la plataforma de Convivencia Escolar SICE a través de la cual se podrán denunciar todos los casos de violencia que se presenten al interior de las instituciones educativas, ya sea tipo 1, tipo 2 y tipo 3, lo que permitirá hacerle un mayor seguimiento, aseguró el secretario de Educación del Valle, Odilmer de Jesús Gutiérrez Serna.
Los casos Tipo 1 corresponden a los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños
al cuerpo o a la salud. Los de Tipo 2 corresponden a situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso, (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito. Los de Tipo 3 son los casos más graves como delitos contra la libertad, porte de armas, venta y consumo de venta y consumo de sustancias psicoactivas, violencia sexual, lesiones personales, entre otras.
La plataforma tiene enlace con las secretarías de Salud y de Gobierno del departamento, con las comisarías de Familia, Fiscalía, Personería y los diferentes entes de control generando una obligatoriedad más de las instituciones educativas, de los municipios y de los comités municipales de convivencia para para hacer seguimiento y mejorar la convivencia escolar en todas las instituciones educativas.
“Trabajamos de manera articulada todos los temas de convivencia escolar que tienen que ver con violencias contra estudiantes, contra niños, niñas y adolescentes, y peleas entre docentes o violencias contra las mismas mujeres docentes de las instituciones educativas”, expresó el secretario Gutiérrez.
El Comité es un espacio interinstitucional enmarcado en la ley 1620 y el decreto 1965 de 2013, está integrado por entidades del sector social, secretaría de Salud, Gobierno, Desarrollo Social, ICBF, Fiscalía, Personería, Defensoría del Pueblo y Policía de Infancia y Adolescencia y rectores de la Institución Educativa Oficial y el Establecimiento Educativo privado con los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año anterior, entre otras.
Funciones Comité departamental Convivencia Escolar
-Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
-Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
-Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
-Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
-Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
Marcela Quitián Escárraga
Periodista Secretaría de Educación del Valle del Cauca