Comité Departamental de Discapacidad
¿Qué es?
Instancia que facilita la concertación, asesoría, consolidación, seguimiento y verificación de la puesta en marcha de la Política Pública de las Personas en Situación de Discapacidad e Inclusión Social en el Departamento del Valle del Cauca.
¿Quiénes la conforman?
1. El Gobernador (a) del Departamento o su representante de rango directivo, quien lo presidirá.
2. El Secretario (a) de Participación y Desarrollo Social Departamental o su representante de rango directivo.
3. El Secretario (a) de Salud Departamental o su representante de rango directivo.
4. El Secretario (a) de Educación Departamental o su representante de rango directivo.
5. El Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación del Valle del Cauca o su representante de rango directivo.
6. El Secretario (a) de Vivienda y Hábitat Departamental o su representante de rango directivo.
7. El Secretario (a) de Ambiente, Agricultura y Pesca del Valle del Cauca o su representante de rango directivo.
8. El Secretario (a) de Infraestructura y Valorización del Valle del Cauca o su representante de rango directivo.
9. El Secretario (a) de Movilidad y Transporte del Valle del Cauca o su representante de rango directivo.
10. El Secretario (a) de Cultura Departamental o su representante de rango directivo. 11.El Secretario (a) de Desarrollo Económico y Competitividad o su representante
de rango directivo.
12. El Gerente de INDERVALLE o su representante de rango directivo.
13. El Director (a) de Biblioteca Departamental o su representante de rango directivo. 14.Un (1) representante de las Universidades Regionales o su delegado.
15. Un (1) representante de las Redes de Discapacidad legalmente constituida. 16.Ocho (8) representantes de las organizaciones sin ánimo de lucro de personas
con discapacidad, los cuales tendrán la siguiente composición:
a. Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad física.
b. Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad visual.
c. Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad auditiva.
d. Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad múltiple.
e. Un representante de las organizaciones de padres de familia de personas con discapacidad cognitiva.
f. Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad mental.
g. Un representante de las organizaciones de personas con talla baja.
h. Un representante de las organizaciones de personas sordo-ciegas.
Funciones
1. Promover la construcción de la política pública de las personas en situación de discapacidad e inclusión social.
2. Orientar la construcción del Plan Departamental de Atención a la Discapacidad, a mediano y largo plazo para cada periodo de gobierno.
3. Establecer los mecanismos para la coordinación intersectorial en la formulación de políticas y planes que permitan actuar de manera armónica y coherente, aplicando unidad de criterios y procedimientos entre las instituciones.
4. Ejecutar el seguimiento y verificar la puesta en marcha de las políticas, planes, programas, proyectos y estrategias que permitan crear condiciones de institucionalización de la discapacidad en las entidades públicas y privadas, haciendo de este un tema transversal.
5. Velar por la difusión y el cumplimiento de las disposiciones, principios y derechos establecidos y reconocidos por la Constitución Política Nacional y las disposiciones legales que reglamenten la materia.
6. Promover las alianzas estratégicas entre el Gobierno, sector privado, ONG’s y Organismos internacionales para el mejoramiento de la calidad de vida de personas con discapacidad, dentro de los cuales se podrán orientar acciones a favor de la inclusión laboral, urbanística y educativa.
7. Propiciar la creación, dinamización y fortalecimiento de los Comités Municipales de Discapacidad en cada uno de los 42 municipios del Departamento del Valle del Cauca.
8. Propiciar la conformación y operación de un sistema de información permanente que permita mantener actualizada la base de datos estadísticos necesarios para la construcción de indicadores de gestión y de impacto, para desarrollar de manera adecuada los procesos de formulación, control, evaluación y ajuste de políticas, planes, programas y proyectos tendientes a prevenir y resolver de manera satisfactoria y efectiva la oferta y la demanda para la población en situación de discapacidad en el Valle del Cauca.
9. Promover la apropiación y ejecución de presupuestos de las entidades que lo conforman, en búsqueda de garantizar los recursos necesarios para ejecutar los programas y proyectos del plan de acción y Plan Departamental de Discapacidad.
10. Promover en los Planes de Desarrollo la inclusión de acciones que fortalezcan el RLCPD (Registro para la Localización y Caracterización de la Población con Discapacidad), según lo establecido en el artículo 5, numeral 13 de la ley estatutaria 1618 de 2013.
11. Elaborar su propio reglamento.
Ordenanza departamental que adopta la política pública departamental de discapacidad e inclusión para el departamento del valle del cauca para el periodo 2019 - 2030 como herramienta de gestión pública para promover la inclusión social de esta población.
CONPES 166 de 2013.pdf
LEY 1145 DE 2007.pdf
LEY 1618 DEL 27 DE FEBRERO DE 2013.pdf
LEY 324 DE 1996.pdf
Listado de Sub Categorías
subcategoriasActas de espacios de participación
Actas con los principales resultados de la participación y asistencias del programa de discapacidad
Comité Departamental de discapacidd
Decreto No. 1-3 1864 de Dic 28 de 2020 MESA TECNICA DPTAL DE LAS PERSONAS MAYORES