FUNCIONES DE LA OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO

 

Corresponde a la OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO, cumplir las siguientes funciones:

Desarrollar acciones preventivas que permitan garantizar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los empleados de la administración central departamental en procura de salvaguardar el patrimonio institucional

Adelantar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los servidores públicos de la administración central departamental, asegurando su autonomía e independencia y el principio de la segunda instancia.

Ejercer vigilancia disciplinaria de la conducta oficial de los servidores de la administración central departamental al igual que de los docentes y personal administrativo de las Instituciones Educativas a cargo del Departamento.

Conocer en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten, contra funcionarios o ex funcionarios de la administración departamental del nivel central, al igual que de los docentes y personal administrativo de las instituciones educativas a cargo del Departamento.

Recibir las peticiones, quejas y reclamos que en forma verbal o escrita presenten los ciudadanos y darles el trámite respectivo.

Dirigir los trámites exigidos por la ley, los reglamentos y las disposiciones legales para dar cumplimiento al régimen disciplinario.

Fijar procedimientos operativos para garantizar que los procesos disciplinarios se desarrollen dentro de los principios legales de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando así salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso.

Informar oportunamente a la división de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación, sobre la imposición de sanciones a los servidores públicos.

Poner en conocimiento de los organismos de vigilancia y control, la comisión de hechos presuntamente irregulares que surjan del proceso disciplinario.

Llevar los archivos y registros de los procesos disciplinarios adelantados contra los servidores públicos de competencia de esta oficina.

Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios a las autoridades competentes cuando así lo requieran.

Las demás que le asigne la Constitución, la Ley, las Ordenanzas, los Decretos, los reglamentos, normas y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.

 

 


Número de visitas a esta página 36148
Fecha de publicación 27/09/2016
Última modificación 21/12/2016