Informe Estado de Control Interno
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subcategoriasInformes Pormenorizado del Estado de Control Interno
En atención a lo estipulado en el Decreto 2106 de 2019, donde señala que el jefe de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, deberá publicar cada seis (6) meses, en el sitio web de la entidad, un Informe de evaluación independiente del estado del Sistema de Control Interno, de acuerdo con los lineamientos que imparta el Departamento Administrativo de la Función Pública.
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