OPORTUNIDADES LABORALES PARA MUJERES VÍCTIMAS VIOLENCIA DE GÉNERO

OPORTUNIDADES LABORALES PARA MUJERES VÍCTIMAS VIOLENCIA DE GÉNERO

La Gobernación del Valle del Cauca, desde la Secretaria Mujer, Equidad de Genero y Diversidad Sexual, viene realizado la presentación a Empresarios y Empresarias, de la Estrategia Departamental para la vinculación laboral de Mujeres Victimas de Violencias Basadas en Género, en desarrollo de la implementación del Decreto 2733 del 2012, reglamentario del artículo 23 de la Ley 1257 del 2008, define la deducción de impuestos para empleadores que contraten a mujeres víctimas y adopten las medidas para garantizar su sostenibilidad económica.

Así, se consagró el derecho de los empleadores que ocupen a trabajadoras mujeres víctimas de la violencia y que estén obligados a presentar declaración de impuesto sobre la renta y complementarios a deducir de su declaración el 200 % del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o periodo gravable, desde que exista relación laboral hasta por un periodo de tres años.

A las mujeres interesadas en aplicar a estas Oportunidades Laborales, enviar sus hojas de vida indicando en el asunto el municipio de residencia a los siguientes correos electrónicos:
aynarvaez@valledelcauca.gov.co
ecifuentes@valledelcauca.gov.co
lalondono@valledelcauca.gov.co

Por favor tener en cuenta que el Artículo 3°. del DECRETO 2733 DE 2012, define:

"A). Violencia comprobada: Para efectos de la deducción contemplada en el presente decreto se entiende por violencia comprobada contra una mujer, aquellas situaciones que se verifiquen a través de:

- Sentencia Condenatoria Ejecutoriada por:
> · Violencia intrafamiliar cuya víctima sea la mujer que esté o sea contratada.
> · Violencia sexual cuya víctima sea la mujer que esté o sea contratada.
> · Acoso sexual cuya víctima sea la mujer que esté o sea contratada.
> · Lesiones personales cuya víctima sea la mujer que esté o sea contratada.

- Sentencia Ejecutoriada a través de la cual se demuestre que, por mal manejo del patrimonio familiar por parte de su compañero o cónyuge, perdió bienes y/o valores que satisfacían las necesidades propias y de los hijos.

- Medida de protección y/o atención, dictada por la autoridad competente a favor de la mujer que esté o sea contratada, de acuerdo con la normatividad que regula la adopción de tales medidas;

B). Constancia de Violencia Comprobada: Es el documento donde consta la decisión tomada por la autoridad administrativa o judicial en la cual se reconoce a la mujer como víctima de violencia de género, de conformidad con las situaciones establecidas en el literal a) del presente artículo;"

El DECRETO 2733 DE 2012 se puede descargar desde:
http://www.valledelcauca.gov.co/equidad/descargar.php?id=20392 

 


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Fecha de publicación 01/10/2017
Última modificación 01/10/2017